En Pillau, el expediente de una joven reclusa se reabrió por segunda vez, no ante los magistrados, sino en el jardín de la fortaleza. Margarethe von Ka… ya había sido condenada por la muerte de un hijo habido fuera del matrimonio. Purgaba su pena desde hacía años; había implorado el indulto y trabado luego relación con un oficial. Antes del 27 de febrero de 1790, se hallaba encinta de nuevo. El primer proceso parecía haber zanjado la causa. En verdad, no había hecho más que recluir a la joven tras los muros, donde el mismo secreto volvería a cobrar forma.
El relato del Pitaval se remonta a 1784. Margarethe contaba veintitrés años y había logrado ocultar su gravidez a su madre. El 24 de noviembre, hacia las diez de la noche, los primeros dolores la empujaron a abandonar la alcoba que compartía con cuatro sirvientas. Una de ellas la siguió, y otras dos se sumaron cuando volvió a salir. La hallaron arrodillada junto a un gran pedrusco, a unos treinta pasos de la casa; el alumbramiento había comenzado y concluyó ante sus ojos. Margarethe cortó el cordón con un cuchillo que llevaba consigo. Cuando Bárbara quiso llevar a la criatura al interior de la vivienda, la joven madre se opuso y comenzó a cavar la tierra, rogándole que depositase allí a la pequeña. Bárbara entró, no obstante, con el recién nacido y lo posó sobre el lecho de su señora. El llanto despertó a la abuela, quien mandó llevar a la niña a su aposento, envolverla en paños y depositarla sobre un arca.
La pequeña pasó toda la noche sin cuidados, con el cordón umbilical sin anudar. Al amanecer, por orden de la abuela, fue envuelta en una piel y trasladada a una estancia fría; allí permaneció desprovista de alimento. No fue sino hasta el crepúsculo cuando Margarethe acudió a verla. La halló helada y luego la sepultó en el jardín, en el mismísimo paraje donde en un principio pretendía darle sepultura. Durante la instrucción, los facultativos atribuyeron la muerte a un enfriamiento fulminante; la relación procesal no describe herida intencionada alguna que bastara para tipificar el asesinato en un sentido material. La responsabilidad se articuló en torno a la conducta de dos mujeres: la que había parido y la que había recogido a la criatura antes de abandonarla a tan prolongada negligencia.
El tribunal las condenó a ambas. La madre de Margarethe recibió ocho años de reclusión; su hija, seis. El 7 de febrero de 1786 ingresaron en la fortaleza de Pillau. Margarethe solicitó después el perdón. Tras la muerte de su madre, acontecida en 1787, intentó imputarle a ella la culpa entera. La solicitud fue desestimada. La fuente indica, sin embargo, que se le dispensó un trato benévolo en el penal y que el régimen ordinario de reclusión le permitió trabar relaciones que abrirían una segunda trama.
Aquella primera condena había fijado, pues, una duración, mas no borrado los hechos. La madre de Margarethe falleció antes de extinguir su condena; su hija continuó presa, sola en lo sucesivo con la memoria de aquel jardín. La versión expuesta en su súplica —su madre lo había dispuesto todo, ella no había sido más que el ciego ejecutor de sus designios— no mereció crédito. Ignoramos qué precisiones examinó la autoridad para desechar su ruego. El capítulo transita con premura de esta resolución a su vida en el penal, eludiendo pormenorizar las condiciones cotidianas del encierro.
Un alférez, consignado tan solo con la inicial J., se prendó de ella. El relato omite su nombre de pila y los pormenores de sus encuentros; se limita a señalar que quedó encinta. El militar no podía ignorar que un nuevo parto, en semejante coyuntura, expondría a la presidiaria a una severa investigación y acaso a una pena más atroz. En esta ocasión, Margarethe guardó silencio. Disimuló su estado, negó toda posibilidad de embarazo y retuvo el secreto hasta el día en que la propia carne no pudo ocultarlo más.
El 27 de febrero de 1790 se hallaba de visita en casa del teniente von Sch. La crónica refiere que abandonó la morada y parió en el jardín de la fortaleza, al resguardo de las miradas. Antes de los dolores del parto, había escarbado un hoyo en la tierra. La criatura fue arrojada a él. La sangre, las huellas y las pesquisas condujeron sin demora a los pesquisidores hasta ella. Esta vez, el dictamen forense no albergaba la duda de 1784: el neonato había nacido a término, respiró tras el alumbramiento y pereció asfixiado bajo el peso de la tierra. La distancia entre ambos procesos se reducía a escasas horas y a una interrogante capital: ¿vivía la criatura en el instante en que fue sepultada?
Margarethe confesó el alumbramiento y la inhumación, mas sostuvo en un principio no haber advertido hálito alguno de vida. Alegó el pavor y el extravío de los sentidos, no una deliberada determinación. En el plenario, su relato inicial no persuadió a los jueces. La sentencia impuso azotes y trabajos perpetuos en la fortaleza. No era, con todo, la última palabra. La defensa apeló; los magistrados de la instancia superior reexaminaron los autos y sustituyeron la pena por la muerte por degüello. El rey confirmó la sentencia capital el 28 de noviembre de 1791.
El último día del año, la condena le fue leída en audiencia pública junto con la confirmación real. A tenor del testimonio recogido en la crónica, Margarethe inquirió si restaba alguna merced posible y si el soberano sabía que ella mantenía que la criatura jamás cobró vida. El presidente le replicó que su afirmación había sido elevada, unida al dictamen opuesto de los peritos médicos, y que se habían remitido varios informes a la Corona. Ella se inquietó por la suerte de su familia, preguntó si podría recibir sepultura en sagrado y si le era lícito testar; el presidente satisfizo cada una de sus dudas. Al retornar a la celda, suplicó que no se precipitase el día del suplicio, manifestando su deseo de confesarse de toda su vida. El relato atribuye esta escena a un testigo presencial; no consigna las palabras con la formalidad de un acta judicial.
La reo no careció de defensores inesperados. El 6 de enero de 1792, un polaco apellidado von Sp… —la fuente calla más datos— se personó ofreciéndose a desposarla si tal enlace lograba salvarle la vida. El gesto parecía brindar una salida a una mujer penada por alumbrar fuera del santo matrimonio. Empero, el derecho prusiano no admitía que unas nupcias tardías con una ajusticiada sirvieran para anular una pena capital. El pretendiente adujo asimismo objeciones de traducción e insania mental; las autoridades no hallaron mérito suficiente para revocar el fallo.
La intercesión se enturbió al descubrirse que von Sp… había intentado forzar a Margarethe a retractarse de su confesión. Ella protestó contra aquellas maniobras y contra la injerencia de un hombre que pretendía hablar en su nombre. El individuo acabó huyendo en cuanto quedaron al descubierto sus ardides. Aquella petición de gracia no desvió el curso de la justicia; tan solo introdujo un breve tumulto: el de un matrimonio esgrimido como subterfugio legal y el de una confesión que se pretendía revocar. El 6 de marzo de 1792, el monarca confirmó nuevamente el castigo.
La ejecución se fijó para el 28 de marzo. Antes de subir al cadalso, Margarethe admitió que el segundo hijo sí había dado señales de vida. Esta confesión postrera contradecía sus alegatos del juicio y corroboraba de plano el dictamen forense que sustentaba la pena capital. No alteró en nada el desenlace. El capítulo no describe arrepentimientos teatrales ni edificantes escenas postreras: concluye lacónicamente con el reconocimiento de la reo de que el recién nacido alentaba vida cuando lo cubrió de tierra.
Ocho años habían mediado entre ambos partos. La primera causa unió a madre e hija en idéntico castigo, si bien el deslinde de responsabilidades difería: el infante había sido recogido para luego verse privado de socorro; la joven lo sepultó una vez acaecida la muerte. En la segunda, la necropsia y la declaración postrera acreditaban que la criatura había respirado antes de quedar bajo tierra. La similitud de los jardines y los silencios no debe borrar tales divergencias. La crónica antigua las agrupa bajo un título común; al lector le corresponde, empero, deslindar la causa propia de cada óbito.
El destino de Margarethe se debatió así entre el silencio de un presidio y la tardía certidumbre de una pericia judicial. La primera vez, la petición de clemencia y la tentativa de descargar la culpa en su madre no bastaron para abrirle las verjas. La segunda, un embarazo disimulado, una confesión discutida, una apelación y una propuesta matrimonial no torcieron la voluntad real. No perduran el apellido de la estirpe, ni la identidad de los hombres unidos a tales gestaciones, ni el rastro de la criatura arrancada al desamparo antes de perecer. Quedan dos procesos y dos fallos. La sentencia de muerte había recibido la sanción regia antes de la última confesión de Margarethe; su reconocimiento tardío arrojó luz sobre los hechos sin alterar una resolución ya irrevocable.
