En una aldea de la Alta Lusacia sajona, la primera niña murió sin que a nadie se le ocurriera pensar en un crimen. Tres años más tarde, cuando una segunda recién nacida fue hallada sin vida en la misma casa, la partera recordó la primera cuna. Entre aquellas dos noches, la muerte había mudado de sentido: de percance lamentado, se transformó en una interrogante que el tribunal ya no podía dejar adormecida.
El Nuevo Pitaval, que relata el caso en 1864, no consigna el nombre de la mujer. Su lectura óptica apenas conserva unas iniciales inciertas, «Jsch.»; la aldea permanece asimismo innominada. Es preciso, pues, atenerse a este anonimato. La crónica describe un hogar próspero. El marido comerciaba con ganado; tras diecisiete años de matrimonio, los cónyuges habían adquirido dos mesones. De aquella unión vivían todavía dos hijos varones, de diecisiete y catorce años al momento de la pesquisa. Aquella casa conocía sus altercados: la crónica refiere los celos de la esposa y la áspera condición del marido. Habla de ello con los prejuicios de su tiempo; mas no demuestra que tales rencillas engendraran los crímenes.
El 14 de marzo de 1855, la mujer dio a luz a una niña. La partera asistió al alumbramiento y regresó al anochecer. La madre y la pequeña, aseguraba, se hallaban bien. Se ofreció a pasar la noche en la casa, mas la madre la despidió: se sentía fatigada y deseaba dormir. Tras algunas palabras, la partera se marchó hacia las nueve. La joven madre quedó a solas con la criatura.
Poco después, el marido entró en la estancia donde reposaba su mujer. Esta le anunció que la niña había muerto. Él constató el deceso, y su esposa alegó una convulsión. La crónica no refiere acusación alguna por aquel entonces. Al día siguiente, la partera examinó a la pequeña en la cunita donde la había arropado la víspera. No observó herida exterior ni anomalía manifiesta. Otra mujer, encargada de lavar el cuerpo, tropezó con los reparos de la madre, quien aseguraba que todo se había hecho ya. Hizo caso omiso y desnudó a la niña, sin hallar manchas cárdenas. Preguntada por esta mujer sobre la causa del deceso, la madre respondió que ella misma la ignoraba: cuando había querido mirar, la criatura ya no respiraba. Le dieron sepultura; corrieron los años, y el pueblo no sospechó que se hubiera cometido un crimen.
El 18 de noviembre de 1858, la misma partera asistió a un nuevo parto. La niña, reza la relación de los hechos, había nacido a término, robusta y lozana; la madre parecía hallarse en estado normal. La partera propuso de nuevo velar la noche. El marido instó a su mujer a que aceptara. Esta rehusó con insistencia, arguyendo que no podría conciliar el sueño ante una extraña. Prometió llamar a su esposo más tarde, quien pernoctaba en una pieza contigua. La partera cedió. El marido le abrió la puerta de entrada y la acompañó al exterior.
Regresó luego a su propio aposento, se desnudó y se acostó. No fue al lado de su esposa, creyendo que dormía y por temor a perturbarla. La casa quedó en silencio. El relato del Pitaval atribuye a la noche una calma que el sumario, en aquel instante, no podía calibrar: la madre permanecía a solas con la recién nacida, en tanto que los demás moradores dormían.
Poco después, unos recios golpes arrancaron al marido de su sopor. Acudió presuroso. Su mujer le dijo: «¡Ay de mí, ven pronto! ¿Es que no oyes? Ya he llamado varias veces; la niña ha vuelto a morir». Se extrañó de que una recién nacida pudiera expirar con tal presteza e indagó si la habría oprimido demasiado entre los pañales. Ella lo negó: la criatura, aseguraba, se había sobresaltado varias veces de improviso; cuando la tomó en brazos, ya había perecido. A los reproches de su marido por la marcha de la partera, contestó que esta no habría estado cómodamente aposentada. Luego zanjó la plática: estaba rendida y quería dormir. Pidió conservar el cuerpecillo junto a sí. El marido volvió a su habitación.
A las ocho de la mañana regresó la partera. La madre le participó el fallecimiento sin dilación. La pequeña, yerta y sin vida, no yacía ya en su cuna, sino sobre un canapé. La partera advirtió en ambos costados del cuello unas huellas violáceas que le parecieron fruto de una compresión. Interrogó a la madre, quien afirmó no haber hecho nada. La partera le advirtió que debería dar cuenta a las autoridades. Fue entonces cuando la mujer le suplicó que no la sumiera en la desgracia, a ella y a sus hijos, y se ofreció a entregarle cuanto exigiese. La amenaza de una denuncia había desencadenado una tentativa de soborno.
El marido entró a su vez. Sobrecogido por las sospechas de la partera, demandó a su esposa qué había hecho. Ella intentó primero sosegarlo: «Déjalo, todo irá bien, lo expiaré rezando». La afirmación no apaciguó recelo alguno. Aquel mismo día, un magistrado del tribunal procedió a un primer interrogatorio; el cuerpo fue sometido al examen forense que refiere la crónica. La esposa confesó haber dado muerte a la niña. Describió una sofocación deliberada y precisó luego haber empleado asimismo un lienzo alrededor del cuello. El informe judicial indica que la autopsia corroboraba su relato del óbito y determinaba que la pequeña había nacido viva y viable. No se trataba, pues, únicamente de la palabra de una mujer atemorizada: la confesión podía contrastarse con la inspección del cadáver. Los detalles médicos nos llegan, no obstante, a través de esta crónica, sin compulsa directa de las actas procesales.
La investigación no se detuvo en el segundo cuerpo. Las marcas en el cuello y la confesión indujeron a retomar lo sucedido en 1855. La mujer reconoció esta vez haber estrangulado a la primogénita con un paño, poco después de marcharse la partera. La versión original de las convulsiones cedió ante la confesión de homicidio. El cuerpo no fue exhumado ni sometido a autopsia: esta discrepancia resultaba capital. Para la segunda criatura, las comprobaciones periciales respaldaban la confesión; para la primera, sepultada tres años atrás, los jueces solo disponían de la confesión y los recuerdos del vecindario doméstico. El primer deceso, soterrado bajo la apariencia de una desgracia, entraba así en el procedimiento judicial.
¿Por qué lo había hecho? La crónica aventura varios móviles, sin llegar a fijar ninguno con la misma certeza que los testimonios confesos. Según el texto, la instrucción determinó que la primera niña era fruto de una unión adulterina. La madre sostuvo que la segunda era de su marido, aun cuando se le hizo ver que semejante distinción la hacía reo de un castigo más gravoso. El adulterio, empero, no justificaba por sí solo el primer crimen; menos aún explicaba el segundo. El compilador insinúa también el temor a dividir el patrimonio forjado por el matrimonio y el afán de asegurar una suerte más ventajosa a los hijos varones ya nacidos. Son meras conjeturas del compilador, que interpreta la causa con arreglo a los prejuicios morales y sociales de su época; ninguna debe confundirse con un móvil legalmente probado en el juicio.
La mujer, por su parte, admitió haber pensado en quitar la vida a la segunda hija varias semanas antes del parto. Sostuvo no haber resuelto de manera definitiva su designio sino tras la partida de la partera. El compilador recusaba este último punto: a su juicio, el empeño mostrado en alejar a la testigo delataba una resolución ya adoptada. Respecto a la segunda niña, declaraba haberse sentido perturbada por el trato de su marido, haber luchado algún tiempo contra la idea e incluso haber intentado llamarlo desde la alcoba contigua. Reconocía ser consciente de que se trataba de un pecado y de que un severo castigo aguardaba al homicida; con todo, añadía, la idea regresaba con tenacidad. El tribunal examinó estas explicaciones, mas la crónica zanja que nada probaba un arrebato de enajenación o falta de juicio. Las consideraciones sobre la debilidad del ánimo y el temperamento femenino pertenecen al compilador de 1864, mas no a una pericia médica moderna que quepa suscribir en la actualidad.
El tribunal distinguió ambos fallecimientos en su fallo. Por el asesinato de la segunda niña, habida dentro del matrimonio, la mujer fue condenada a muerte. Habiéndose dictado la pena capital por este segundo crimen, no se le impuso pena añadida por el de la primera recién nacida. El texto explica además que el derecho vigente castigaba con menor rigor la muerte de un infante nacido fuera del tálamo nupcial; no obstante, no presenta tal distinción como una absolución por el delito de 1855. La pena capital no llegó a ejecutarse: la gracia del monarca la conmutó por reclusión perpetua.
Así feneció, al decir de El Nuevo Pitaval, un proceso que las primeras exequias habían clausurado con excesiva premura. No fueron las habladurías de la aldea ni una exhumación efectista las que reabrieron el pasado, sino el regreso de la misma partera junto a otra cuna. Reparó en una huella, formuló una pregunta y se negó luego a dejarse sobornar. La segunda criatura no reveló por sí sola cuanto aconteció en 1855; mas conminó a aquella casa a responder por sus silencios.
