El 17 de noviembre de 1878, Nápoles había preparado un recibimiento regio. Humberto I cruzaba la ciudad en un carruaje descubierto, rodeado por una multitud congregada para aclamar al rey, a la reina Margarita y al príncipe heredero. A lo largo del trayecto, algunos vecinos tendían peticiones hacia la comitiva. Giovanni Passanante se encaramó al estribo y asestó un golpe al monarca con un cuchillo. Humberto repelió al agresor con la vaina de su sable; el primer ministro Benedetto Cairoli lo sujetó y resultó herido en el muslo. El capitán De Giovannini llegó a caballo y golpeó a Passanante en la cabeza con su espada. La comitiva continuó su marcha, y muchos de los espectadores no supieron sino más tarde lo que acababa de ocurrir.
La detención aportó certeza sobre el hecho material, pero no sobre la intención ni sobre la existencia de cómplices. En su primer interrogatorio, Passanante declaró haber actuado en solitario. Reconoció odiar a los reyes en tanto que instituciones, pero afirmó que su determinación era reciente, nacida de la miseria y de los malos tratos padecidos en sus empleos. Había vendido una chaqueta para comprar un cuchillo barato, envuelto el arma en un paño rojo e inscrito en una pancarta un llamamiento a la República y a Orsini. Alegó haber elegido el cuchillo por carecer de dinero para costearse un revólver.
El cuchillo recuperado tras el arresto no era, por lo demás, según la crónica, el arma con la que se asestó el golpe; esta se habría arrojado en medio de la confusión. La pancarta y las palabras en ella escritas fueron halladas, pero el arma extraviada dejaba un cabo suelto en la reconstrucción material.
Sus declaraciones, no obstante, fluctuaban en un punto capital. Al principio había manifestado que su propósito era matar al rey. Luego sostuvo que solo pretendía herirlo, que bien habría podido apuntar al pecho pero se había abstenido de hacerlo, y que no se decidió a atacar sino en el instante en que la muchedumbre le impidió subirse a un muro para desplegar su bandera. Reconocía haberse aproximado al soberano y haber tirado el golpe, pero rehusaba atribuir a su acto un propósito homicida. Los instructores no requerían recomponer cada movimiento para dar por probado el atentado; el juicio debía resolver cómo tipificarlo.
Passanante era un cocinero y criado oriundo de Salvia, en Basilicata. Había trabajado en Salerno y después en Nápoles, donde abandonó su última colocación en otoño. Relató que un arresto anterior, motivado por una proclama revolucionaria en 1870, se había zanjado con una amnistía. Vivía con estrechez, redactaba escritos políticos y se concebía a sí mismo como un hombre capaz de reformar el mundo. Sus cuadernos reclamaban la República, la abolición de la pobreza y la muerte de los reyes. El compilador de la época lo describe con desdén y califica sus ideas de aberración; tales juicios pertenecen a la crónica. El dato judicial, más estricto, era que Passanante negaba haber recibido instrucción alguna y que los pesquisidores no hallaron cómplices acreditados.
La salud mental se erigió en un segundo dilema. Su letrado solicitó un peritaje médico, pese a la oposición de Passanante, temeroso de ser declarado demente y de ver su acto desvirtuado en mera patología. Cinco facultativos lo examinaron. Constataron su débil complexión, su flacura y su afición a la escritura, pero no diagnosticaron delirio ni trastorno intelectivo alguno. Lo consideraron apto para tramar el atentado, discernir su alcance y expresarse con coherencia. Passanante, por su parte, reiteraba que prefería morir antes que ser tenido por insensato.
Antes de la vista, una cuestión de competencia ya había alimentado la inquietud: ¿debía remitirse la causa al Senado o a la audiencia ordinaria de lo criminal? El ministerio se inclinó por el jurado de Nápoles. Esta providencia no prejuzgaba el veredicto, pero fijaba la naturaleza del litigio: Passanante sería juzgado como un reo común, ante sus jueces naturales, en lugar de situarse en el centro de un gran estrado político. Las audiencias se prolongaron durante dos jornadas. La relación de 1884 aprueba este proceder, juzgando que un tribunal de excepción habría dilatado los debates y brindado una tribuna a las facciones. Es el comentario de su autor; los hechos acreditados son la remisión al jurado, el peritaje, los testimonios, la rápida deliberación y la condena.
En la sesión de marzo de 1879, el menudo individuo penetró en una sala abarrotada, contempló a la concurrencia y tomó asiento con fingida indiferencia. El auto de acusación recordaba las agresiones perpetradas, la herida del rey, la de Cairoli, el cuchillo y el estandarte. Se dio lectura asimismo a sus textos: un manifiesto revolucionario, un proyecto social, un himno y proclamas a la insurrección. Aquellos papeles atestiguaban su militancia política, pero no bastaban por sí solos para probar una conjura. El fiscal aseveró que el reo había madurado su acción durante varios días. La defensa no impugnó el ataque; demandó que se deslindaran el hombre, sus doctrinas y el crimen, y no pudo desmentir las contradicciones de las propias declaraciones del acusado.
Una testigo, Giuseppina Malillo, aportó el indicio más concluyente sobre la premeditación. Manifestó que la mañana misma del magnicidio frustrado, Passanante le había hablado de empeñar una chaqueta para comprar un cuchillo, y anunciado a renglón seguido que atacaría al rey aquel día. Ella lo había tomado por una chanza. Esta declaración proporcionaba a la acusación un hilo conductor anterior al encuentro con el cortejo. Passanante replicó que aún no había tomado una resolución irrevocable; según su versión, su primera intención fue gritar y enarbolar su estandarte. Su alegato de una determinación tardía resultaba difícil de conciliar con las palabras referidas por Malillo y con la adquisición del arma.
Cairoli describió la escena desde el carruaje: había visto al monarca repeler al individuo con el plano de su sable y luego se abalanzó sobre el atacante, quien lo hirió a su vez. El capitán De Giovannini relató haber asestado un golpe a Passanante con su espada cuando este arremetía de nuevo contra el rey. Sus testimonios no dirimían el móvil político, pero fijaban los hechos sustanciales de la agresión y la intervención de cuantos lograron frustrarla.
El ministerio público retrató a Passanante como a un conspirador movido por el odio a la monarquía. Mencionó asimismo una misiva anónima recibida por la policía antes de la visita real, en la que se alertaba de una amenaza contra Humberto y otras dignidades. Nada demostraba que el autor de dicha carta fuera Passanante, ni que este hubiera tomado parte en una trama organizada. La acusación dedujo de ello la verosimilitud de una acción concertada; la crónica no refiere prueba concluyente que vincule la carta al encausado. Para el fallo, la acusación podía cimentarse en el propio atentado, en el estandarte y en la declaración de Malillo, sin necesidad de esclarecer el origen de aquella advertencia.
Los jurados pronunciaron un veredicto de culpabilidad sin atenuantes. El tribunal dictó la pena de muerte. La defensa recurrió en casación, impugnando en particular una pregunta formulada al jurado que equiparaba la intención de matar con la de herir. Protestó asimismo por el modo en que se habían admitido el testimonio de Cairoli y el dictamen médico. La corte de casación desestimó tales pretensiones; la sentencia devino firme. Passanante se negó a implorar el indulto, sosteniendo que correspondía al pueblo, y no a la Corona, juzgar su causa. Anhelaba que su cadalso sirviera a su doctrina, no que el rey le perdonara la vida.
El rey Humberto, sin embargo, conmutó la pena capital por la de reclusión perpetua. El fiscal acudió a notificar la resolución al reo, quien creyó en un primer momento que le traían la noticia de su ejecución. Dio las gracias al soberano y preguntó luego si otros condenados habían corrido igual suerte. No había ninguno más. Poco después, fue embarcado de noche bajo custodia rumbo a la isla de Elba. La crónica ensalza la clemencia regia y escarnece el anhelo de martirio de Passanante; la relación del juicio deja tales juicios a criterio de su autor. La escena postrera encierra una paradoja más escueta: el hombre que había demandado la muerte para erigirla en tribuna hubo de consumar sus días en la condena que su adversario político acababa de conmutar.
