El acta de acusación se abre con una puerta violentada en la noche de Cairne-cowie. Imputa a Patrick McGregour, llamado Gilroy, y a sus compañeros el haber capturado en su morada a Alexander Hay y a su esposa, llevándolos a dos millas de su hogar y reteniéndolos dos horas. Solo los habrían liberado tras la promesa formal de un rescate. La misma providencia añade que se apoderaron de todos los bienes del hogar. Hace constar que Gilroy habría admitido este latrocinio en sus declaraciones, atribuyéndole asimismo la sustracción de víveres y provisiones entre los colonos de Innes a lo largo de sucesivas jornadas y noches.
Otra toma de rehenes confiere al expediente un segundo escenario y una cifra precisa. En la Candelaria, William Dougal de Auchinhove y varios de sus sirvientes habrían sido capturados. Conforme a la acusación, Gilroy y los suyos rehusaron soltarlos sin obtener antes el compromiso de doscientos marcos. Patrick Glas y John Dow Grant figuran entre los hombres que las actas vinculan con este arresto; el segundo está acusado, además, de haber sustraído diez caballos propiedad de Dougal. No es solo el valor de lo expoliado lo que alarma a las autoridades: el Consejo califica la captura y el rescate de usurpación de la potestad regia, al haberse arrogado tales individuos el derecho de retener a vasallos y tasar el precio de su libertad.
Los cargos asentados en el mismo registro revelan el menudeo que acompañaba a estas correrías. Los colonos de sir Robert Innes se habrían visto forzados a alojar a los salteadores, procurándoles comida, bebida y demás vituallas sin estipendio alguno. Otro capítulo concierne a cuatro gallinas hurtadas en la fiesta de Lammas de 1635. A la acusación contra Ewin McGregor, alias Accawisch, se vinculan un caballo castaño, queso, lienzos, una pieza de ropa, una espada, tabaco e incluso cenefas ornamentales para prendas femeninas. Las pertenencias no integran el botín grandioso de una balada; prestan al auto judicial nombres de casas, propietarios y estaciones.
La justicia escocesa rastrea también a quienes hicieron a estos hombres escurridizos. Ya en mayo, una relación de personas acusadas de haberlos guarecido o auxiliado enumera criados, habitantes de diversos dominios y a Jonet Grant, catalogada como viuda. Esta mención no fija con certeza su intervención ni el desenlace de su causa; demuestra que la pesquisa rebasaba al brazo armado. Un proceso independiente, incoado el 5 de abril, ya había inculpado a Patrick Glas, John Dow Grant y Thomas Clerich, ausentes del grupo de diez reos juzgados con posterioridad junto a Gilroy. El auto contra Clerich le imputa haber amparado a Gilroy y a sus allegados bajo su techo, suministrándoles lechos, alimentos, pólvora y plomo. El Consejo estipula para algunos de estos «receptadores» una multa que alcanzaba el tercio de sus caudales. Quienes carecen de tierras o rentas arrostran la cárcel a pan y agua, el hierro en el rostro y el destierro. Para quienes hubiesen recibido los bienes expoliados, dispone asimismo el procesamiento de dos reos ante el tribunal de justicia.
El 6 de junio de 1636, Archibald, lord Lorne, pone a disposición del Consejo Privado a Patrick McGregour, llamado Gilleroy, y a dos de sus secuaces. Son conducidos al penal (tolbooth) de Edimburgo; los consejeros han de interrogarlos a la mañana siguiente a las siete. El 7 de julio, el Consejo ensalza la captura cual leal servicio a la Corona, salvaguardando las prerrogativas jurisdiccionales de Lorne en la región y facultándole para actuar como asesor. El juicio agrupa después a diez reos bajo cargos singulares, sin atribuir indiscriminadamente los mismos hechos a cada uno. Los testimonios transcritos los asocian con abigeatos, allanamientos, hurtos y violencias cometidos por cuadrillas diversas. En una de las causas, Gilroy y los suyos habrían desvalijado una morada y sustraído los documentos que allí se custodiaban. En otra, varios colonos habrían sufrido heridas al pretender defender sus haciendas.
El día del proceso, los cargos se leen ante un jurado de quince miembros. Entre ellos se cuentan hacendados, mercaderes, un carnicero, un sirviente y un sillero. John Murray, tutor de Strowan, es elegido canciller del tribunal popular y dirige las deliberaciones. Mas las palabras de los encausados no pasan en línea recta del banquillo al veredicto: las actas precisan que sus confesiones judiciales fueron formuladas en gaélico. James Stewart de Ardvorlich, debidamente juramentado como intérprete, vierte el sentido ante el jurado. Los jurados se retiran a sopesar por separado los «dittays», los capítulos acusatorios redactados contra cada reo, y regresan unánimes; Murray pronuncia su fallo. Declaran a los diez hombres culpables de los crímenes inherentes a sus autos, en virtud de dichas confesiones así interpretadas. Murray traslada el veredicto a la corte; la condena es dictada en el acto por James Grant, oficial judicial comisionado para formularla.
La sentencia establece distinciones rigurosas entre los condenados. Patrick McGregour, John Forbes, George Grant, John McColme, John McGregor McEan, Allaster McInneir y Ewin McGregor, alias Accawisch, habrán de ser conducidos de espaldas, sobre carreta o trineo, desde la prisión hasta la cruz del mercado para ser allí ahorcados. Gilroy y John Forbes dispondrán de una horca más alta que los restantes; tras expirar, sus cabezas y manos derechas serán cercenadas y expuestas en los portales de Edimburgo, una a levante y otra a poniente. Para Allaster y Callum Forbes, así como para Gillespik McFarlane, la resolución queda aplazada. La transcripción refiere que la mocedad de los hermanos Forbes debe tomarse en consideración; una providencia del Consejo fechada el 28 de julio estipula luego su ahorcamiento para el día siguiente junto a otros cómplices.
El año del juicio fue 1636. La fecha del patíbulo sigue ofreciendo sombras: una reseña de la National Library of Scotland señala el 27 de julio, al paso que las actas del Consejo fijan el cumplimiento de la sentencia para el viernes 29. La balada de Gilderoy, impresa a comienzos del siglo XVIII según dicha reseña, transmuda al reo en un joven gallardo llorado por una voz de mujer. El expediente penal, en cambio, guarda la memoria viva de la acusación contra el hogar de los Hay, el despojo de los enseres, las confesiones en gaélico y la disparidad de las condenas. Lo uno devino cantar; lo otro permanece atado a la voz que tradujo el pleito.
