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Justicia y escándalos · Francia

El rostro que los guardias volvían a encontrar

Christophe Rostan muda de nombre, de ropaje y de papel para franquear los muros del presidio. De Lorient a Rochefort, una mirada lo reconoce en cada tentativa; en 1824, la reiteración lo precipita a la cadena perpetua y al traslado hacia Brest.

Bastaba con que un hombre lo reconociese. Christophe Rostan podía cambiar de nombre, mudar de atuendo, hacerse pasar por otro recluso o por un soldado; al término de sus ardides, tropezaba invariablemente con una mirada que lo devolvía a su propio pasado. En Rochefort, un centinela se acordó de él a pesar de sus bigotes. Unos años más tarde, fue un forzado quien lo señaló con el dedo. Entre uno y otro reconocimiento, había salvado obstáculos harto más arduos que la memoria de un rostro familiar.

En la cárcel que imaginamos al atardecer del 4 de marzo de 1820, un oficial relee la indicación asentada en una orden de traslado. Se debe conducir al preso hacia la isla de Oléron. El hombre ha declarado ser desertor de un batallón colonial; las disposiciones se ciñen a ese informe. Pasa un guardia, se detiene y afina la mirada. El destino consignado en el papel no ha variado. Aquel a quien creían enviar allí acaba de mudar de nombre.

El soldado que regresaba al presidio

Rostan había ejercido múltiples oficios: tejedor de medias, escribiente público y luego militar. A los diecinueve años, había sufrido una condena de diez años de trabajos forzados por complicidad en un robo con fractura. El artículo de 1827 que da cuenta de su periplo no precisa la fecha de aquel primer fallo. Lo presenta luego confinado en Rochefort y trasladado a Lorient el 14 de junio de 1818. Conocía, pues, diversos recintos de reclusión antes de pretender hacer creer que pertenecía a otra clase de prisioneros.

Se evadió de Lorient en 1820 y alcanzó Nantes en compañía de una mujer, para llegar luego a Varades, cerca de Ancenis. Detenido por la gendarmería, dio un nombre fingido y se declaró desertor. No pretendía que le concedieran la libertad; proponía a sus captores un motivo distinto para retenerlo. Tal explicación le habría permitido proseguir la marcha hacia un destino militar si su tránsito por Rochefort no lo hubiese colocado de nuevo frente a alguien que conocía sus facciones.

Aquel reconocimiento truncó el traslado previsto. Reintegrado al presidio, fue sometido a la doble cadena y recibió, el 7 de junio, tres años adicionales de condena. El primer disfraz de su identidad no había borrado la impronta que un guardia guardaba en la memoria. Para una administración que transportaba a los hombres aparejados a sus legajos, aquel recuerdo valía como un informe concluyente; para Rostan, significaba el regreso forzoso al punto del que tanto había ansiado alejarse.

El dinero de los otros reclusos

Hacia finales de 1823, forzaron una de las puertas del almacén general. Dos forzados habían ocultado allí sus ahorros; desaparecieron trescientos noventa francos. Es preciso conceder a esos hombres el lugar que les corresponde en el suceso. El presidio no albergaba únicamente vigilantes, penados y pertrechos del arsenal. También los reclusos poseían bienes que habían logrado poner a recaudo y que otro podía arrebatarles.

Las sospechas recayeron sobre Rostan. Se decía que estaba endeudado con sus compañeros y desprovisto de fondos; sin embargo, poco antes se le había visto cambiar piezas de oro. Un registro minucioso sacó a la luz monedas disimuladas en su zapato. Sus respuestas fueron consideradas esquivas. Semejante cúmulo de indicios bien podía infundir en los expoliados la certidumbre sobre el autor; no bastó, empero, para convencer al tribunal. Rostan fue absuelto de la acusación por insuficiencia de pruebas.

En nuestra recreación del almacén, uno de los dos despojados recoge una herramienta que había dejado junto a su escondrijo. Titubea antes de posarla en el mismo rincón. Los demás continúan con su faena; le es imposible saber quiénes están al tanto del hallazgo de las monedas en el calzado. Denunciar a un sospechoso le proporcionaría una explicación, mas no le devolvería su peculio. Termina deslizando la herramienta más cerca de sí y reanuda la tarea con un recelo que ya no atañe únicamente al oficio.

El cronista volverá sobre este hurto cuando una fuga posterior parezca calcar un proceder semejante. Su conjetura, con todo, no equivale a una sentencia inédita. Una mala reputación puede teñir cualquier acto ulterior con los visos de una sospecha pretérita; jamás suple lo que faltó en el instante del juicio. Rostan podía acumular condenas por otros delitos y permanecer, con pleno derecho, libre de culpa en este.

Las ropas de la cordelería

En junio de 1824, se halló en su poder un retal de lona de velamen robada. Se ocultó dentro del perímetro del almacén general, donde permaneció inencontrable durante dos días. Fue capturado finalmente cuando intentaba franquear el paso hacia otro patio. El 9 de julio, el tribunal lo sentenció por el robo y el conato de evasión a ocho años de trabajos forzados y a la marca impuesta por el fallo para tal castigo. Se hallaba nuevamente entre rejas; mas su afán de fuga no se había quebrantado ante la severidad de la pena.

El 21 de julio, durante la jornada de faena, escapó de nuevo y logró mantenerse escondido en la cordelería hasta el anochecer. El espacioso taller, una vez desierto, le brindó algo más que un simple refugio. En los despachos y estancias contiguas halló prendas de vestir: una levita, una gorra, un pantalón. Acabó por ganar las calles de la ciudad. El presidiario no se había limitado a mudar de recinto; se había hecho con el ropaje necesario para ofrecer ante quien se cruzase la traza de un hombre entregado a quehaceres ordinarios.

La ciudad abría de par en par sus puertas. Con todo, Rostan no partió de inmediato hacia los campos. La crónica lo sitúa a lo largo de la mañana en las inmediaciones del almacén de víveres, donde se custodiaba una caja destinada a retribuir a los forzados que trabajaban. El corresponsal achaca dicha presencia a la tentación de consumar un nuevo robo. Es la interpretación que da a la conducta observada; no poseemos confidencia alguna de puño y letra de Rostan que revele el verdadero motivo de su permanencia.

Hacia el mediodía, buscó resguardo bajo una escalera del establecimiento. Un operario, que había advertido sus maniobras sospechosas, dio la voz de alerta a sus camaradas. Se inició la batida y Rostan fue descubierto. La libertad conquistada al abrigo de la noche se había cerrado sobre sí misma en un rincón donde jamás debió hallarse. El 11 de agosto de 1824, estos últimos hechos le valieron la condena a trabajos forzados a perpetuidad.

En el despacho de nuestra escena siguiente, el dueño de una de las prendas sustraídas examina lo que acaban de restituirle. La sostiene por los hombros, busca algún desgarro y la pliega con lentitud, sin probársela. Alguien ha pasado parte de la noche envuelto en ese paño para transformarse en otro hombre. Quisiera inquirir en qué lugar fue hallada, pero su interlocutor habla ya de cerraduras que reclaman reparación. La cordelería debe reanudar su actividad sin demora.

Aquel a quien el saco no logró encubrir

La administración penitenciaria solicitó el traslado de Rostan a Brest. Entre tanto, fue apostado junto al umbral de la sala, aherrojado y expuesto a una vigilancia directa y constante. La remoción pretendida por las autoridades perseguía atajar un problema que ya no lograban embridar mediante las disposiciones carcelarias ordinarias. Rostan, por su parte, se disponía a intentar la fuga antes de que se consumase su partida.

El 2 de septiembre, logró evadirse de la sala y luego del propio penal aparentando ser un galeote asignado a las faenas de acarreo. Un saco al hombro le tapaba parte del semblante; su indumentaria no despertó el recelo inmediato de los centinelas. La estampa cotidiana de un hombre doblegado por la carga le franqueaba un paso que su verdadera identidad le habría vedado. Se hallaba ya lejos, según refiere el periódico, cuando otro forzado lo reconoció y corrió a delatarlo.

El 7 de septiembre, una nueva providencia le impuso tres años de doble cadena. Luego se ejecutó el traslado. Dos gendarmes lo escoltaron rumbo a Brest, sujeto a las tablas de una carreta. Es en ese trayecto donde concluye la semblanza trazada por el artículo de prensa. El corresponsal puede computar las fugas, las sentencias y los años; no desvela, en cambio, qué fue de Rostan entre los muros de su nuevo presidio. Ningún dato permite añadir a este final registrado una última evasión, la gracia de la libertad o la muerte.

Resta tan solo una sucesión de estampas en las que se cree ver, de entrada, a un individuo distinto: el desertor de paso, el peón cargado de maderos, el paseante de levita, el fardo andante que porta un saco. En cada una de ellas, Rostan buscó afanoso un resquicio donde no le fuese exigido su nombre. Las trabas materiales cedieron a veces a su empeño; mas el reconocimiento ajeno volvió a atarlo, una y otra vez, a ese nombre fatal.

El escribiente de nuestra primera escena, de volver a sus legajos, encontraría acaso la orden que debía remitir a un desertor con rumbo a Oléron. Lo imaginamos desgajando ese pliego de un expediente que le ordenan archivar. Apenas se precisa enmendar unas líneas para urdir otro viaje: un nombre, un destino, un par de trazos. Tarda, con todo, largo tiempo en restituir el documento a su sitio. Entre ambos puertos, es al mismo hombre a quien se conduce encadenado.

De este caso podría nacer un libro

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novela corta

Aquel que lo reconoció

Un antiguo recluso descubre en una ciudad portuaria al hombre a quien antaño delató en plena evasión. Este último vive ahora bajo un nombre fingido y le suplica que testifique en una causa donde corre el riesgo de sufrir una condena injusta. La novela corta se desarrollaría en el transcurso de una velada de reconocimiento recíproco. Declarar la verdad salvaría al procesado pero revelaría su identidad primigenia; guardar silencio aseguraría al delator la única tranquilidad que jamás pudo comprar.

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novela

La levita del evadido

Un maestro de taller recupera la prenda que un forzado sustrajo para facilitar su fuga. En el forro halla una misiva que jamás introdujo allí, cuyo destinatario acaba de esfumarse sin dejar rastro. Una operaria letrada se aviene a secundarlo para desentrañar el escrito. Sus pesquisas los arrastran por los tinglados del puerto y las cuerdas de presos, al tiempo que el recluso recapturado intenta vender su silencio. La prenda conecta una ratería menor con una trama de vasto alcance.

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trilogía

Los nombres del tránsito

Tres generaciones se ganan el sustento expidiendo y falsificando la documentación de viajeros y braceros en un gran enclave portuario. La primera entrega arranca con un forzado tomado por desertor; la segunda, con un marinero que regresa bajo la identidad de un difunto; la tercera, con una heredera de credenciales intachables y biografía enteramente impostada. Cada intriga posee su desenlace propio. Los mismos libros de asiento custodiados por el clan familiar servirán ora para amparar una huida, ora para restituir su verdadero nombre a una víctima.

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El marco histórico y nuestra parte de reconstrucción literaria

Semblanza de Christophe Rostan en la Gazette des tribunaux del 26 de junio de 1827, página facsímil 3, p. 1003, columna derecha a continuación de Arigonde, con remate al inicio de la página facsímil 4, p. 1004, hasta la sección Deuxième conseil de guerre de Besançon. Transcripción íntegra cotejada sobre ambos facsímiles; ampliaciones de nombre, regimiento y cronología revisadas. La grafía del apellido es Rostan, no Restau o Rosiau como arrojaba el OCR; resulta visible la mención al 117.º de línea. Primera condena a los 19 años sin fecha documental explícita; traslado a Lorient el 14 de junio de 1818; evasión a inicios de 1820 previa al reconocimiento en Rochefort el 4 de marzo; tres años adicionales fijados el 7 de junio de 1820. Acusación ligada a los 390 francos a fines de 1823: absolución por falta de pruebas concluyentes, no culpabilidad demostrada; la mención posterior del periodista sobre el trayecto no constituye un nuevo pronunciamiento judicial. Retal de lona el 16 de junio de 1824, sentencia del 9 de julio a ocho años; fuga el 21 de julio, condena del 11 de agosto a cadena perpetua; fuga el 2 de septiembre, providencia del 7 de septiembre con tres años de doble cadena y traslado efectivo a Brest días después. La fecha editorial de 1827 difiere del último hecho documentado en 1824. Los delitos y circunstancias se ciñen a esta única crónica de época; no se examinaron libros de registro ni autos originales, careciéndose de cotejo independiente. El relato no pormenoriza los medios mecánicos para desembarazarse de los grilletes. Las intenciones de robo en el almacén de víveres responden a conjeturas del cronista, no a certezas probadas. No constan deceso ni ejecución capital verificados.

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