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Justicia y escándalos · Alemania

La causa de Ludwig Steiner

En 1821, el zapatero Ludwig Steiner abatió a tiros al magistrado Elsperger, a quien consideraba responsable de una condena por difamación y de la subsiguiente humillación. Sus versiones fluctuaron a lo largo de los interrogatorios; los dictámenes médicos se contradijeron. La segunda corte de apelación confirmó el asesinato, pero conmutó la pena capital por cadena perpetua.

El 26 de junio de 1821, a las tres de la tarde, Ludwig Steiner cruzaba la plaza del mercado de Ratisbona con una pieza de cuero bajo el brazo. Maestro zapatero de cincuenta y tres años, acababa de obtener aquel material al fiado. El magistrado Elsperger salía de la casa consistorial. Se cruzaron y se enzarzaron en una agria disputa; varios testigos vieron a Elsperger alzar su bastón, y algunos creyeron que llegó a golpear. Steiner sacó una pistola y luego una segunda, tras fallar la primera. Elsperger se desplomó. Steiner se guardó el arma en el bolsillo, dio unos pasos ante los curiosos y se encaminó a paso ligero hacia su taller.

Allí encontró a sus aprendices y les anunció que acababa de disparar contra el magistrado. Dejó el cuero, explicó que deseaba entregarse a la justicia y abandonó la estancia. Un albañil lo retuvo antes de que ganara la calle. Dos agentes de policía se hicieron cargo del zapatero; les manifestó que había cumplido su propósito y que su conciencia estaba en paz. En dependencias policiales, él mismo advirtió a los guardias de que una de las dos pistolas que llevaba encima continuaba cargada, a fin de evitar cualquier accidente. Elsperger, trasladado al puesto de guardia más próximo, falleció menos de diez minutos después del disparo. Desde el primer interrogatorio, Steiner reconoció la autoría. La cuestión de la premeditación, en cambio, distaría de resolverse con tanta presteza.

La crónica judicial de Feuerbach, vertida al inglés por Lady Duff Gordon, presenta a un hombre a quien sus conciudadanos consideraban hasta entonces un artesano diestro, pacífico y celoso de su reputación. Su negocio declinaba; no obstante, conservaba algunos aprendices y se había labrado un lugar en la ciudad. En 1817, una querella dividió al gremio de zapateros con motivo de la elección de un maestro. Steiner acusó públicamente de robo a su adversario, quien promovió una querella por difamación. El 30 de septiembre de 1818, Steiner fue condenado a retractarse mediante una disculpa, a sufrir veinticuatro horas de prisión y a pagar las costas. Su apelación resultó infructuosa. El 25 de noviembre, Elsperger confirmó la sentencia; en diciembre, la mandó ejecutar sin aguardar el recurso que Steiner aseguraba querer interponer ante el tribunal central de Múnich.

Lo que para otros no habría pasado de ser una condena limitada a una jornada de encierro y a una disculpa protocolaria, se convirtió para él en una obsesión inextinguible. Steiner sostenía que los documentos originales habían sido apartados en favor de piezas falsificadas. No se trataba de una irregularidad probada en autos, sino de su íntima convicción, que cada negativa parecía afianzar. Solicitó volver a su hogar antes del ingreso en prisión para poner en orden sus asuntos y organizar la labor de sus aprendices; Elsperger se negó. Tras su excarcelación, Steiner afirmó que el bochorno y las miasmas del calabozo lo habían dejado enfermo. Luego sobrevino la disculpa que debía entregar a su rival: la juzgaba mendaz, pues continuaba persuadido de haber visto a aquel cometer el hurto que le reprochaba.

Su resistencia no se limitó a una sola gestión. Se acumularon citaciones, apercibimientos y multas; Steiner viajó a Múnich para instar la revisión de la parte del fallo relativa a las disculpas, mas regresó con las manos vacías. Cuando la amenaza de una sanción de seis táleros lo determinó por fin a presentar un escrito redactado por su letrado, fue Elsperger su destinatario. En la mente de Steiner, aquella entrega no zanjó el litigio; antes bien, situó al magistrado en el centro neurálgico de todos los quebrantos que imputaba al procedimiento: el honor, el dinero y la posterior ruina de su comercio.

En marzo de 1819 remitió una petición a un pariente en Múnich; en mayo de 1820 acudió en persona ante el consejo privado. Volvió convencido de que la justicia acabaría asistiéndole y anunció a un amigo que su pleito daría pronto un vuelco, so pena de hacer algo que asombraría al mundo. El amigo ya conocía una amenaza más explícita: de no revocarse la sentencia, Elsperger moriría. El consejo desestimó la súplica el 8 de septiembre de 1820.

A partir de entonces, menudearon los indicios de sus preparativos. Steiner aseguraba temer que lo recluyeran en un manicomio y se describía como un hombre desprovisto de todo amparo. Solía llevar consigo dos pistolas cargadas, según decía, tanto para defenderse como para disparar a Elsperger. Las mostraba a terceros y las probaba en descampado. A un sastre, unas dos semanas antes del crimen, le refirió los pormenores de su pleito, extrajo un arma del bolsillo y declaró que, si el asunto salía mal, le pegaría un tiro a alguien. Otros testigos oyeron amenazas semejantes. La magistratura tuvo noticia de ello, pero la notoriedad misma de tales bravatas se interpretó acaso como la mejor garantía de que jamás se llevarían a efecto.

El día de autos, una escena de taller confirió a aquella cólera su marco más cotidiano. La sirvienta Elizabeth Fischer lo vio cortar una pieza para unas botas y lo oyó lamentarse de carecer de cuero suficiente y del dinero preciso para adquirirlo. Hubo de abastecerse al fiado. Dos conocidos se cruzaron con él en el puente sobre el Danubio; pasó de largo sin saludarlos y les pareció tan demudado que lo tomaron por loco. Estaba arruinado, aislado de sus antiguas amistades, separado de su esposa y persuadido de que acreedores y jueces se concertaban en una idéntica persecución. Estos factores ilustran la crisis tal como la consignaron los testigos y Feuerbach; de ningún modo transforman el alegato de Steiner en una eximente.

En la plaza, con arreglo a su confesión, increpó a Elsperger a propósito de la indemnización que esperaba. El magistrado le contestó con aspereza y alzó el bastón. Las declaraciones discreparon sobre la naturaleza exacta del ademán: varios vieron esgrimir la vara; algunos sostuvieron que llegó a golpearlo. Steiner empuñó una pistola, pero el percutor falló. Elsperger apartó el arma con su bastón. Steiner se la guardó en el bolsillo, sacó otra e hizo fuego. Un transeúnte recogió la imprecación: «¡Aguarda, miserable!». La instrucción contaba así con un hecho presenciado por numerosas personas, pero también con un altercado cuya violencia inmediata resultaba imposible de reconstruir de modo unánime.

El interrogatorio reveló, más que una versión inmutable, una sucesión de rectificaciones. Steiner adujo al principio que el ultraje y el bastonazo lo habían ofuscado, para alegar luego que no había tenido intención de matar ni de herir; la segunda pistola, sostuvo, la había sacado para disuadir a Elsperger de que lo atacara y se habría disparado por accidente. Pretendió más tarde haber apuntado a la pierna, atribuyendo la herida mortal al temblor de su pulso. Preguntado por sus amenazas previas, las tildó de patrañas o admitió que pudo haber hablado sin recordar con precisión sus palabras. Por último, en su quinto careo, reconoció haber planeado largo tiempo matar a Elsperger por venganza si fracasaban los recursos, si bien afirmó que el altercado del 26 de junio lo había empujado a obrar antes de lo previsto.

Una nueva serie de audiencias aportó finalmente una confesión más circunstanciada. Steiner vinculó en ella su encono a la ejecución de la pena, a la imposición de las disculpas y a la negativa de las autoridades a enmendar lo que juzgaba una patente injusticia. Reconoció haber ido armado también para abatir a Elsperger y relató que, la jornada del crimen, albergaba aún el propósito de pedirle auxilio; si el magistrado se negaba, estaba resuelto a matarlo. No obstante, incluso esta declaración obedecía a su lógica defensiva: Steiner depositaba la última determinación en manos del hombre a cuyo encuentro armado ya había resuelto acudir.

El procedimiento judicial no se clausuró con la confesión. Dos facultativos ofrecieron dictámenes divergentes sobre sus facultades mentales. El médico de cabecera lo describía como un sujeto nervioso y obsesionado con su pleito, sin poder atribuirle una patología mental precisa. El médico forense estimaba, por el contrario, que su delirio querulante en torno al litigio lo volvía inimputable. Los colegios médicos de apelación se dividieron a su vez: algunos concluyeron que padecía una locura melancólica; otros, que gozaba de una libertad de acción menguada, pero sin llegar a una exención completa de responsabilidad. Feuerbach defiende con vehemencia el criterio legal frente a lo que califica de extralimitación del peritaje médico; semejante apostilla responde a una concepción penal de época y no a un diagnóstico facultativo moderno.

El tribunal de primera apelación declaró a Steiner culpable de asesinato el 9 de julio de 1822 y lo condenó a morir por la espada. Su defensor elevó el pleito ante una segunda instancia. Tras un reexamen de los autos y nuevos informes periciales, esta confirmó la culpabilidad de asesinato, pero conmutó la pena capital por la de reclusión perpetua el 31 de agosto de 1824. El proceso, que había arrancado con una acusación por difamación, concluía de este modo, seis años después de la primera sentencia, en un pronunciamiento donde el punto controvertido ya no radicaba en la culpabilidad, sino en la graduación de la responsabilidad y del castigo.

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Acaba de leer el relato completo de este caso histórico. Nos inspira tres proyectos de ficción aún por escribir. ¿Cuál le gustaría ver publicado? Su voto guiará a AB Éditions.

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La pieza de cuero

En una ciudad ficticia, un zapatero acusa al presidente de su gremio de haber falsificado el acta judicial que motivó su condena. Cuando un libro de registro deteriorado reaparece en el taller, puede entregárselo al actuario, pero tal proceder delataría a su aprendiz, quien enmendó un renglón a instancias suyas. La viuda del presidente reconoce la caligrafía, mas no puede probar la fecha de la adición. Elija Novela corta para seguir al artesano en el dilema entre confesar su yerro o salvaguardar su reputación incriminando al muchacho.

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El recurso de Múnich

Una encuadernadora ficticia acompaña a su hermano, condenado por difamación, hasta la corte de apelación de Múnich. En un principio cree que un alegato bien fundado bastará para exonerarlo; pronto descubre que el testigo al que pretenden citar copió parte de su testimonio de un antiguo libro gremial. Si lo denuncia, el recurso se desmorona; si calla, un competidor inocente se arriesga a perder su obrador. Elija Novela para acompañarlos en su pesquisa entre los legajos corporativos y presenciar la encrucijada pública de la artesana cuando el magistrado pregunte quién retocó el manuscrito.

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Las sentencias y sus sombras

Tres generaciones ficticias de una estirpe de zapateros heredan un litigio que ningún fallo logró dirimir por completo. El abuelo exige la retractación de un magistrado; su hija descubre que la sentencia primigenia se cimentó en testigos contradictorios; su nieto, convertido en oficial de justicia, debe decidir si tramita las actuaciones íntegras o tan solo la versión que salvaguarda el honor del linaje. Elija Trilogía para contemplar cómo cada generación oscila entre la reparación, el silencio y la verdad, hasta que el último legajo saque a la luz la responsabilidad que a cada cual corresponde.

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El marco histórico y nuestra parte de reconstrucción literaria

Capítulo íntegro «Ludwig Steiner; the Murderer from Revenge», páginas impresas 346–368 (líneas OCR 13689–14581 inclusive, hasta la mención «THE END»; el colofón da comienzo en la línea 14583), examinado en su totalidad. El relato deslinda la condena por difamación de 1818, los recursos interpuestos por Steiner, las amenazas referidas por múltiples testigos, sus declaraciones mudables en los interrogatorios y los dictámenes periciales contrapuestos. La primera apelación falló pena de muerte en 1822; la segunda confirmó la culpabilidad de asesinato y decretó la prisión perpetua el 31 de agosto de 1824. La fuente atribuye a Steiner un móvil de venganza y consigna testimonios discordantes sobre el ademán previo de Elsperger. Las generalizaciones psicológicas y el comentario penal son de la pluma de Feuerbach, autor del texto vertido en la traducción inglesa de Lady Duff Gordon (1846), y no se asumen como conclusiones contemporáneas. OCR no cotejado con el facsímil; traducción no contrastada con el original alemán; actas judiciales no consultadas.

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