La primera investigación no supo precisar qué había causado la muerte de Elizabeth Harlett. Diez días después del sepelio, las murmuraciones comenzaron a circular; el juez de instrucción ordenó entonces la exhumación. Los cirujanos hallaron el estómago y los intestinos gravemente inflamados, pero el dictamen inicial no especificó qué sustancia los había abrasado. Los análisis químicos ulteriores desvelaron la presencia de arsénico. Ante el tribunal de lo criminal de Huntingdon, James Inglett, de noventa y cuatro años de edad, fue procesado por haber provocado la muerte de Elizabeth al suministrarle dicho veneno. Las singulares circunstancias del caso, la extrema vejez del acusado y su antigua reputación habían despertado una viva inquietud en la comarca, refiere Pelham. Durante largos años, Inglett había trabajado como labrador y curandero de ganado —«cow-leech»—; su vasta pericia en los remedios para bestias le había valido el aprecio del vecindario, donde su conducta siempre se había tenido por intachable.
Elizabeth había caído enferma en 1840. El boticario de la parroquia había intentado devolverle la salud en vano. Llegada la Navidad, los allegados acudieron a Inglett. Este le recetó un bebedizo líquido que al principio la sumió en un profundo quebranto antes de que experimentara una mejoría pasajera. La mañana del lunes 11 de enero, Inglett pasó a verla. Pelham recoge entonces el testimonio prestado por una hermana de la enferma: «quite purely», expresión de significado incierto en este contexto. Tras despedirse el anciano, la hermana reparó en una taza repleta de un líquido semejante al brebaje anterior, dispuesta sobre la repisa de la chimenea en la estancia donde reposaba Elizabeth.
Tres o cuatro horas más tarde, la hermana regresó a la habitación. Elizabeth yacía postrada en un estado lamentable; la taza, ya vacía, se encontraba sobre la mesa. Los vómitos y los dolores se recrudecieron al caer la tarde. La sed se volvió casi insoportable. Le fueron administradas píldoras de opio y la desdichada se adormeció la mañana del miércoles 13 de enero. La muerte sobrevino poco después. Nada, durante las primeras horas, hizo sospechar un envenenamiento criminal: se la enterró considerándola víctima de una afección natural. Transcurridos diez días desde el entierro, los rumores sobre la verdadera causa del fallecimiento se propagaron con rapidez; el juez de instrucción ordenó entonces exhumar el cadáver.
Durante la autopsia, las vísceras parecían sanas, salvo el estómago y los intestinos, que mostraban una violenta inflamación. Los cirujanos no lograron determinar de inmediato la naturaleza del agente lesivo. El jurado de la instrucción forense concluyó que Elizabeth había sucumbido tras la administración imprudente e indebida, por parte de Inglett, de «una sustancia nociva, inflamatoria y peligrosa, desconocida para los jurados». En consecuencia, fue encarcelado preventivamente bajo la acusación de homicidio imprudente. Aquella resolución previa no nombraba todavía el arsénico ni constituía el fallo definitivo que dictarían las salas de lo criminal.
El contenido del estómago se había preservado con esmero. Los peritos químicos aplicaron reactivos de sales de cobre y de plata, seguidos de gas sulfhídrico: surgieron de inmediato precipitados verdes y amarillos. El arsénico metálico fue reproducido con posterioridad mediante una prueba que Pelham califica de concluyente. Aquellos ensayos demostraban de modo irrefutable el veneno en el estómago; para imputar su administración directa a Inglett, la acusación recurrió asimismo a la adquisición de la sustancia, a su visita la mañana de autos y al diálogo mantenido con la familia. Un empleado de una droguería testificó que Inglett había comprado una onza de arsénico tres o cuatro meses antes. Dicha compra no había levantado sospecha alguna en su día, pues el anciano solía emplear el producto en la elaboración de pomadas veterinarias.
La prueba del acto descansaba en otro indicio, harto más ambiguo que una reacción química. La mañana de la muerte, Inglett había acudido a la vivienda. Tras el fallecimiento, la hermana de Elizabeth lo increpó directamente: su «pócima» la había matado. El curandero replicó que tal cosa era imposible, pues tan solo le había administrado medio grano; a su propio hijo y a otras personas, añadió, les había dado un grano entero o más sin provocarles quebranto alguno. La hermana objetó que el remedio acaso había resultado excesivamente fuerte para el estómago de Elizabeth. Inglett concedió que bien podía ser así, pues aquel estómago se hallaba ya prácticamente destrozado. Estas manifestaciones vinculaban al hombre, la pócima y la dosis con la dolencia fatal, sin demostrar de por sí cómo había sido dosificado el preparado.
El día de las exequias, según añade la crónica, el viejo afirmó que no habría dado tal medicina ni por veinte libras de haber previsto semejante desenlace, pues su único afán era devolverle la salud y jamás causarle perjuicio. La propia familia de Elizabeth dio testimonio de la constante bondad y desvelo que le había dedicado durante la enfermedad. Mas aquella probada benevolencia no zanjaba la cuestión de derecho debatida en la vista: ¿había suministrado él el arsénico y, de haberlo hecho, con qué grado de prudencia? El ministerio público fundamentaba sus cargos en las revelaciones de la hermana, en la visita matutina y en la compra previa del tóxico.
En el tribunal de lo criminal de Huntingdon, el 19 de marzo de 1841, el Lord Chief Justice Tindal desgranó con pulcritud los pasos jurídicos que correspondían al jurado. Era preciso constatar en primer término que Elizabeth había muerto a consecuencia del arsénico, y luego que Inglett se lo había suministrado; correspondía seguidamente a los miembros del jurado resolver si la diligencia puesta en la preparación revelaba una negligencia lo bastante temeraria para constituir homicidio culposo. Sus instrucciones se articulaban sobre tres interrogantes sucesivos: la presencia del veneno, su administración por parte de Inglett y el celo o descuido en el empleo del remedio.
El jurado se retiró a deliberar y, tras breve debate, regresó a la sala declarando a Inglett culpable. Al dictar sentencia, Tindal recordó que cualquiera puede suministrar un tóxico letal sin intención dolosa, e incluso con el sincero deseo de aliviar a un paciente, pero que la ley exige inexcusablemente actuar con prudencia y conocer los efectos de lo que se administra. El juez explicó que la aplicación empírica de un veneno letal, cuando procede de una ignorancia crasa o de una negligencia culpable y acarrea el deceso, debe ser castigada como homicidio; era imperioso que la sociedad comprendiera los límites de semejante responsabilidad. Señaló, no obstante, que Inglett ya había permanecido recluido seis semanas y que una pena rigurosa representaría, a su provecta edad, una crueldad innecesaria. En consecuencia, fijó una condena de catorce días suplementarios de presidio.
Pelham retrata a un anciano sereno y atento a los debates, cuyas facultades intelectivas y corporales parecían asombrosamente intactas, y cuyos noventa y cuatro años, cabellos níveos y fama de mansedumbre despertaron una compasión unánime en el auditorio. El cronista sugiere que el amargo pesar de Inglett nacía de haber obrado «sin saberlo»; mas esta consideración pertenece al cronista, mientras que el fallo judicial se fundamentó en la negligencia inexcusable. Elizabeth Harlett permanece en el eje de este drama: fueron su taza abandonada, su cuerpo exhumado y las declaraciones de su hermana los hilos que permitieron rastrear la huella del veneno. Publicada en 1891, la relación recopila el proceso de 1841 sin transcribir formalmente los legajos oficiales.
