En Dorchester, el 17 de marzo de 1834, seis jornaleros agrícolas comparecen ante el tribunal de las Cortes de Assizes. El acta de acusación versa sobre un juramento que, según la fiscalía, obligaba a los miembros de una sociedad a guardar el secreto y a acatar las órdenes de sus dirigentes. Los miembros del jurado deben dirimir si tal compromiso entra en el ámbito de aplicación de una ley promulgada contra los juramentos ilegales.
La crónica de Camden Pelham denomina a estos hombres los «labourers de Dorchester». El Museo de los Mártires de Tolpuddle consigna sus nombres con las grafías Loveless, Standfield y Hammett; Pelham imprime Lovelace, Stanfield y Hammet. Son seis: James y George Loveless, Thomas y John Standfield, James Hammett y James Brine. Se trata de braceros de una aldea de Dorset, congregados en una sociedad que procura mantener los jornales y socorrer a los hombres privados de sustento. Las uniones gremiales eran legales; el pleito gravita en torno al juramento y a la ley invocada contra semejante compromiso.
La escena medular del proceso se desarrolla unos meses antes, en diciembre, en la casa de Thomas Standfield en Tolpuddle. Varios afiliados son conducidos al interior de una estancia. A Legg y a otros se les hace aguardar con los ojos vendados, mientras se les da lectura a diversos documentos ante los cuales permanecen arrodillados. Al retirárseles la venda, contemplan la efigie de un esqueleto acompañada de estas palabras: «Remember your end» —«Recuerda tu fin»—. La relación judicial precisa que los comparecientes juran acatar las reglas y no desvelar los secretos de la sociedad. James Loveless viste una prenda semejante a un sobrepelliz.
Una cuota de ingreso de un chelín y una cotización de un penique semanal debían nutrir la caja común. Las reglas presentadas en la audiencia confieren a la asociación su título, la Friendly Society of Agricultural Labourers, designan a sus directivos y los periodos de asamblea, y pormenorizan el modo de recaudar los fondos. Los artículos vigésimo y vigesimoprimero prevén una respuesta colectiva si un patrono reduce el salario o despide a un miembro por motivo de su filiación: los operarios pueden abandonar al unísono la heredad, y la caja común los ampara en espera de una readmisión. De tales preceptos se vale la acusación para tildar a la sociedad de ilícita; el cargo formal, no obstante, estriba en la administración del juramento.
El letrado de la Corona, Gambier, desentraña la letra de la ley. Se apoya en el estatuto de 1797, dirigido a reprimir los juramentos y compromisos destinados a vincular a sus miembros con una sociedad reputada ilegal. A su entender, una promesa equiparable a un juramento puede quedar sujeta a la ley con independencia del rito empleado. Le incumbe demostrar que la coalición encausada es ilícita, que sus miembros juran preservar el secreto y obedecer a dirigentes no reconocidos por la ley. La cuestión que somete al jurado consiste en determinar si las reglas, aunadas al juramento de secreto y obediencia, sitúan a la asociación bajo el peso de dicho estatuto.
El preámbulo de la ley atañe a las reuniones sediciosas; Gambier arguye que su parte dispositiva alcanza asimismo a las sociedades fundadas con otros propósitos ilícitos. Para apuntalar esta interpretación, se remite a un pronunciamiento precedente. El juicio queda así a merced del alcance que los jurados y el magistrado otorguen a un texto aprobado en 1797.
Los defensores rebaten que se haya probado infracción alguna. El juez recapitula los criterios que han de orientar el veredicto: incumbe a los jurados decidir si el compromiso imponía de manera efectiva a Legg el silencio sobre los arcanos de la sociedad. La fórmula exacta del juramento importa menos que la obligación que engendra. Se trata también de esclarecer si los partícipes se plegaban a una atadura de conciencia o si acataban meramente los reglamentos escritos del colectivo. Se traen a colación la vestidura de Loveless y la estampa del esqueleto: el juez inquiere si tales símbolos tenían por fin conferir mayor gravedad a la ceremonia e impresionar el ánimo de quienes prestaban juramento. Da lectura a las ordenanzas del grupo y a las identidades de quienes allegaron fondos a la caja, dejando a continuación que el jurado extraiga sus conclusiones.
Tras apenas cinco minutos de deliberación, los jurados declaran culpables a los seis encausados. La sentencia impone siete años de deportación. El Museo de Tolpuddle recuerda que las uniones eran por entonces legítimas; en este caso, la condena se asienta en el juramento considerado delictivo por la fiscalía, en un procedimiento en el que las reglas de auxilio mutuo fueron incorporadas a la causa. Para los jornaleros y sus familias, la pena entraña el destierro de Dorset y la privación de sus ingresos habituales.
Los reos son deportados a Australia. Su alejamiento forzoso dista de dar carpetazo al asunto. Los partidarios de las uniones juzgan la medida desmedida e injustificable, y se elevan protestas ante el gobierno, tanto en el Parlamento como en la vía pública. El gabinete rehúsa en un principio mitigar la pena, mas acaba por conceder un indulto pleno e incondicional a cada uno de ellos. El Museo de Tolpuddle sitúa en marzo de 1834 la creación de un comité londinense en pro del indulto, una manifestación en la capital al mes siguiente y una petición con 800 000 firmas en 1835. La deportación trasciende la aldea para erigirse en causa de resonancia nacional.
El Museo de Tolpuddle data el indulto libre y absoluto el 14 de marzo de 1836. Las esposas, desprovistas de jornales, reclaman socorro parroquial. Según la institución, se topan con los mismos prohombres y magistrados que intervinieron en las detenciones. Se les echan en cara las cuotas abonadas por sus cónyuges: habiendo podido pagar a la sociedad, se arguye que sus familias bien podrían prescindir de auxilio. El fondo de solidaridad les aporta finalmente dos libras y tres chelines a cada una. Los hombres no regresan al unísono: George Loveless arriba el 13 de junio de 1837; cuatro de sus camaradas desembarcan en Plymouth el 17 de marzo de 1838. James Hammett llega en agosto de 1839; el recibimiento público en su honor se celebra el 22 de septiembre. El indulto, por ende, no supuso una repatriación inmediata, y los caminos de los seis se bifurcaron durante varios años.
La crónica se clausura con el fracaso de un desfile público en Londres, que Pelham tilda de vana tentativa por despertar la compasión. Más allá de su sesgo editorial, el proceso había aglutinado bajo un mismo cargo una ceremonia, las reglas de la asociación y un juramento. Seis braceros fueron condenados; el indulto colectivo, dos años más tarde, dio paso a retornos dispersos. Una caja instituida para que los trabajadores no se hallasen desamparados ante una merma salarial había contribuido a encadenarlos ante el tribunal, y la sentencia los desperdigó allende los mares.
