El lunes 25 de marzo de 1839, dos cajas de polvo de oro arribaron al muelle de la compañía de vapores de Dublín, en Londres. Procedían de las minas brasileñas y habían cruzado el Atlántico a bordo del Sea-Gull, para tocar después puerto en Falmouth antes de hacerse de nuevo a la mar. Se aguardaban a nombre de los consignatarios de la compañía minera. Una misiva despachada desde Falmouth había anunciado un envío de extraordinario valor, precisando que los cajones debían ser entregados a quien compareciese provisto de los documentos pertinentes. El dependiente que abrió la carta, Lewin Caspar, prestaba servicios precisamente en Hartley y Cía., consignatarios del navío.
Durante la tarde, un individuo se presentó en las oficinas con documentación que detallaba las cajas y sus marcas. Mostraba el aplomo de quien cumplimenta una diligencia ordinaria. Abonó las tasas portuarias, gratificó con un chelín al capataz por su diligencia, dispuso las dos cajas en el coche de plaza que lo aguardaba y se marchó. Nadie, en aquel instante, albergó la menor duda sobre su legítimo derecho a la carga.
Horas más tarde, el auténtico representante de Marsh y Cía. reclamó las cajas exhibiendo sus propios títulos. El primer porteador ya se había desvanecido. El polvo de oro, tasado en cuatro mil seiscientas libras esterlinas, no aparecía por parte alguna; semejante quebranto amenazaba con recaer sobre la empresa naviera. De inmediato, los agentes contrataron a los oficiales de policía Lea y Roe. El cochero del primer carruaje recordaba haber recogido al viajero en Cheapside para trasladarlo a Wood Street, donde el pasajero transbordó a otro carruaje en dirección a Holborn. El rastro se desvanecía casi en el mismo punto en que había comenzado.
Los investigadores siguieron la pista hasta dar con el hombre que había retirado las cajas. Averiguaron que se había alojado en el número 12 de New Street, junto al London Hospital, mudándose después a Mansell Street antes de esfumarse por completo. Se trataba de Henry Moss, encargado en el taller del relojero Hyams. Conocía a Ellis Caspar desde hacía dieciséis años y había trabajado a sus órdenes; Lewin, hijo de Ellis, se había formado en la relojería antes de entrar como dependiente en la casa Hartley. La criada de Moss confirmó que su amo había recibido a ambos hombres en su morada. El día del robo, había salido ataviado con sus mejores galas; al anochecer, regresó en un coche con dos cajas idénticas a las del muelle. Días después, bajo la rejilla del hogar del salón, la sirvienta advirtió fragmentos a medio calcinar de los cajones.
Las pesquisas policiales se dirigieron asimismo hacia Henry Solomons, refinador de oro del Strand. Este había vendido a Bull y Cía., comerciantes de metales preciosos, lingotes por valor de mil doscientas libras, asegurando que procedían de la fundición de tabaqueras y otros enseres viejos. Interrogado el 6 de abril en la oficina de policía de Lambeth Street, reconoció la venta, mas se negó en redondo a ofrecer más explicaciones. Un interrogatorio ulterior lo situó formalmente junto a los Caspar en calidad de sospechoso. En esta ocasión, Henry Moss compareció como testigo de cargo tras haberse entregado voluntariamente a la guardia, mediando la promesa de que podría declarar contra sus consortes. Su comparecencia quebrantó al punto la actitud de Solomons, quien hasta ese momento se mostraba enteramente seguro de sí mismo.
Moss relató que padre e hijo Caspar venían tramando el golpe desde hacía varios meses, a la espera de una ocasión propicia en que pudiera desviarse el contenido de un cargamento. En octubre precedente, Ellis lo había invitado a entrevistarse con su hijo. Le propusieron llevar una carta a las oficinas de Hartley, recoger unas cajas que le entregaría Lewin y conducirlas ante su padre. Eligieron a Moss porque un mozo de cuerda ordinario habría despertado sospechas; el sigilo, le advirtieron, exigía que Ellis no fuese visto en las inmediaciones.
La maniobra se aplazó cuando el barco previsto no atracó a su debido tiempo. Los Caspar atribuyeron la demora a una colisión entre dos buques, arguyendo después que los cajones resultarían excesivamente pesados para el traslado. Apenas pagaron a Moss diez chelines y le indicaron que volverían a requerir sus servicios. Posteriormente, le remitieron varias notas para que las copiase, las cuales, según su descripción, parecían orientadas a otras sustracciones mercantiles. El 24 de marzo se reunieron con él en Turner Street, lo acompañaron a su vivienda y le ordenaron personarse a la mañana siguiente en la esquina de Mark Lane. A las diez y media, Ellis le hizo entrega de una misiva y una bolsa azul. Moss acudió al despacho de Hartley, donde Lewin cotejó la carta con otra, estampó al dorso una orden para presentar en el muelle y le aseguró que se reuniría con él. En la dársena, Moss firmó el recibo bajo el nombre de Dunn.
No condujo las cajas de un solo trayecto hasta su domicilio. Tras hacerlas trasladar en un primer coche hacia Wood Street, tomó otro, llevó una de ellas a su casa y regresó en busca de la segunda. Ellis le reprochó después haberse aproximado en demasía a New Street con el carruaje. Las cajas fueron trasladadas y descerrajadas en la trastienda de Moss. Contenían pequeños estuches metálicos que fueron repartidos intactos; Moss y su esposa arrojaron las cajas de madera al fuego. Al día siguiente, descubrió que los estuches guardaban mineral de oro. La partida fue movilizada de nuevo con posterioridad y ocultada en diversos domicilios. Moss declaró que el oro le fue llevado a casa de su suegro, un tal Davis, donde se había refugiado; Davis y la señora Abrahams procedieron luego a transportarlo en pequeñas fracciones. Ante los magistrados, Solomons detalló por su parte una negociación entablada directamente por Emanuel Moses, el padre de Alice.
Fue en ese punto donde la lealtad entre los cómplices se hizo pedazos. Solomons compró oro a Moses y a su hija, añadiendo cobre y plata a la fundición para alterar su aspecto original. Cuando Moss comprendió que pretendían despojarlo de su parte, resolvió confesarlo todo. Solomons, por su lado, acabó pormenorizando sus adquisiciones: Alice acudía con asiduidad a su taller portando el oro oculto entre sus ropas, habiéndose presentado con anterioridad Moses para concertar el trato. Aseguró haber entregado moneda corriente y pagarés, reconociendo además una deuda de varios miles de libras a favor de Alice. Ambos fueron interrogados con rigor por los letrados de la defensa; ambos admitieron que sabían de la naturaleza delictiva del negocio. Sus declaraciones describieron, empero, un reparto en el que cada partícipe había intentado acaparar mucho más de lo pactado.
La vista oral se abrió en el Tribunal Criminal Central el 24 de junio de 1839 y se prolongó durante ocho jornadas. Lewin y Ellis Caspar fueron acusados de inducir a Moss a cometer el robo; Ellis, Moses y Alice hubieron de responder por haber recibido el oro a sabiendas de su origen ilícito. Los jurados escucharon la crónica de cómo las cajas habían arribado de América, cómo se presentaron los títulos y de qué modo el dependiente de Hartley efectuó la entrega. Moss desgranó los traslados y las componendas con los dos Caspar. Solomons describió la fundición y enajenación del metal. El juicio no se limitó, pues, a identificar al hombre del coche de plaza: los testigos de cargo se hallaban ellos mismos comprometidos en la reventa y en la distribución del botín.
El 2 de julio, tras una exhaustiva instrucción del magistrado, el jurado declaró a Lewin Caspar culpable de inducción al robo cometido por Moss. Los demás fueron declarados culpables de receptación de oro a sabiendas de su procedencia espuria; Ellis fue hallado asimismo cómplice antes y después del hecho. El jurado recomendó clemencia para Alice, juzgando que había obrado sometida al ascendiente de su padre. Mas un defecto de forma reabriría el procedimiento. El auto de procesamiento señalaba al autor material del despojo como «una persona malintencionada», sin consignar su identidad. Los jueces reservaron la excepción deducida por la defensa, que sostenía que no cabía condenar a los receptadores sin que previamente quedase probada de derecho la sustracción mediante la condena en firme de su autor.
En febrero de 1840, los magistrados anularon el fallo contra Lewin en razón del defecto en el pliego de cargos, mas ratificaron las condenas del resto de los acusados. Ellis y Moses fueron condenados a catorce años de deportación a ultramar; Alice, a cuatro meses de prisión. Lewin permaneció bajo custodia. El 6 de marzo compareció de nuevo bajo un pliego corregido que señalaba expresamente a Henry Moss como autor principal. Moss se declaró culpable; los fiscales manifestaron que no deseaban ejercer más acciones contra él, habida cuenta de su auxilio a la justicia al revelar cuanto sabía. Apenas se le impuso un día de encierro. Al día siguiente, Lewin fue hallado culpable en virtud de la nueva acusación y condenado a siete años de deportación.
El polvo de oro, según refiere la crónica, fue recuperado en su mayor parte, y la naviera sufrió un perjuicio económico relativamente moderado. Con todo, las dos cajas habían cruzado Londres de coche en coche y de arca en arca, antes de que quienes las desvalijaron se delataran mutuamente. El proceso concluyó con una condena cuya validez formal pendió de la enmienda de una providencia; la sustracción, por su parte, había comenzado con una carta llegada de Falmouth y un chelín arrojado sobre las maderas del muelle.
