La hoja no llegó hasta el fondo de la boca. En la relación de la causa reproducida por Simon Goulart, el golpe asestado en el Louvre rasgó el labio superior de Enrique IV; los dientes frenaron el cuchillo antes de que penetrase más hondo. El hombre que acababa de herir al rey soltó el arma e intentó huir. La escena apenas duró unos instantes. Habría de proporcionar, sin embargo, al Parlamento de París la materia para un proceso donde el ademán de un estudiante se convirtió asimismo en la coyuntura para una condena colectiva.
El martes 27 de diciembre de 1594, entre las seis y las siete de la tarde, Enrique IV entraba en París, refiere el texto. En el interior del Louvre, se inclinaba para abrazar a un gentilhombre que acababa de hacerle la reverencia. Jean Chastel se aproximó entonces y golpeó al rey en el rostro. La crónica atribuye al estudiante diecinueve años, lo dice natural de París y criado en el colegio de los jesuitas. No describe forcejeo prolongado alguno: la herida estaba en el labio, y el cuchillo había tropezado con los dientes.
Chastel arrojó el hierro en la estancia y pretendió ganar la salida. Un capitán de la guardia le echó mano. El texto atribuye al monarca una reacción instantánea: viendo al reo sujeto, Enrique mandó que lo soltasen y declaró perdonarle. Luego, al enterarse de que el estudiante había sido instruido por los jesuitas, habría inquirido si era menester que estos fuesen convictos por su boca. Tales palabras pertenecen a la relación impresa; introducen desde el primer folio la querella religiosa en el teatro del prendimiento.
La relación no hace del cuchillo un arma embozada. Chastel asevera que se trataba de un cuchillo ordinario, tomado en la morada de su padre, y niega que estuviese enherbolado. En el primer interrogatorio, afirma haber querido matar al rey, al que reconoce no haber hecho sino herir. Cuenta que había divisado una comitiva de caballos, peones y hachones en la calle Saint-Honoré. Al no discernir cuál de aquellos hombres era el rey, habría rogado a un caballero que se lo señalase. Siguió luego el cortejo hasta una cámara del Louvre.
Estos pormenores constan como respuestas del reo, no como averiguación independiente sobre cada uno de sus pasos. La escena no resulta por ello menos circunstanciada en los autos: el cuchillo, escondido en la manga entre la camisa y la carne; el golpe descargado al rostro en el instante en que el rey se inclinaba; el arma abandonada en el aposento. Chastel principia por negar el hecho para admitirlo después. El interrogatorio se desplaza entonces de lo acaecido al móvil por el cual afirma haber obrado.
La compilación lo presenta como hijo de Pierre Chastel, mercader de paños, y sitúa el hogar paterno cerca del Palacio. La noche del atentado, según sus confesiones, había regresado a casa de su padre tras haber asistido a vísperas. Horas antes, había tomado el cuchillo de un vasar, lo había llevado a su aposento de estudio y luego había comido en compañía de su padre, de su madre Denise Hazard y de sus hermanas. El padre y la madre, relata, le exhortaron a vivir cristianamente; él les prometió hacerlo. Acabada la mesa, acompañó a su padre por la ciudad, antes de salir de nuevo con el cuchillo oculto en el jubón.
La confesión que el texto le adjudica no se circunscribe a esa jornada. Chastel manifiesta haber abrigado desde tiempo atrás el designio de matar a Enrique IV y haber reanudado su propósito unos ocho días antes. Explica la acción por la desesperación en que lo habrían sumido sus culpas: teníase por réprobo y habría imaginado que una hazaña resonante menguaría sus tormentos. Semejante construcción desconcierta hoy; la fuente no permite forjar con ella un retrato psicológico indubitable. Muestra únicamente lo que las actas impresas le atribuyen, en un lenguaje sagrado y judicial ya preñado de condena.
El mozo declara asimismo haber confiado sus escrúpulos a su padre. A propósito de Jean Guéret, clérigo y antiguo preceptor en el colegio de Clermont, refiere un encuentro concertado por su padre para ventilar un caso de conciencia. Manifiesta haber cursado filosofía bajo el magisterio de Guéret durante dos años y medio, y haber oído en diversos parajes que era lícito matar a un rey tenido por tirano. Preguntado sobre la doctrina de los jesuitas, les imputa asertos de esta laya. Mas el mismo testimonio le hace decir que su padre le había replicado que atentar contra el rey era maldad. Este contrapunto veda reducir el trance a un mandato recibido bajo el techo familiar.
El texto enumera piezas de convicción reconocidas por Chastel: el cuchillo, tres billetes con un anagrama afrentoso del nombre regio y nueve pliegos manuscritos donde había asentado sus pecados. Su presencia presta al interrogatorio un asidero material, pero la compilación no transcribe estos papeles ni examen alguno que faculte al lector para comprobar por separado su tenor. Refiere que Chastel los reconoció y resume lo que contendrían. Una vez más, media distancia entre una pieza descrita por la crónica y un instrumento que pudiéramos cotejar por nosotros mismos.
Al día siguiente, apunta el documento, el proceso pasa de las manos del preboste del Hotel a la Corte del Parlamento. Conducen a Chastel a la Conciergerie del Palacio, lo examinan los oficiales principales y comparece luego ante la Grand’Chambre y la Tournelle congregadas. Reitera en sustancia sus deposiciones. Inquirido sobre el hierro, puntualiza que había pensado herir en la garganta, recelando que un cuchillo no calase las vestiduras del rey. Sostiene que pretendía matar a Enrique y que juzgaba la obra provechosa a la religión católica.
La causa se precipita. El Parlamento oye asimismo al padre y a la madre de Chastel, así como a Guéret, a quien el texto califica de sacerdote de la Compañía de Jesús y antiguo maestro del reo. No ofrece, con todo, en los folios conservados, transcripción exenta de sus declaraciones. Tampoco consigna la cronología menuda de cada audiencia ni los debates contradictorios tales como se habrían trabado. Cuanto leemos es una relación procesal seguida de un testimonio de sentencia, estampadas en una obra dada a la imprenta en 1758 que advierte que el texto vio la luz ya en 1595.
El fallo tipifica el crimen como de lesa majestad divina y humana. Condena en primer término a la pública expiación ante la portada mayor de Notre-Dame: Chastel debía comparecer en camisa, con un cirio de dos libras en el puño, de hinojos, para confesar el atentado y demandar perdón. En seguida, debía ser llevado en chirrión a la plaza de Grève, atenaceado en brazos y muslos, amputada la diestra, y luego descuartizado. Sus cuartos y su tronco debían arder en la hoguera y esparcirse sus cenizas. La pena no se agotaba en el ajusticiado: la providencia mandaba también la confiscación de sus bienes.
Otra cláusula dilata el alcance del veredicto. El Parlamento prohíbe divulgar de palabra los asertos imputados a Chastel sobre la facultad de matar a los reyes; los declara sediciosos y heréticos. Ordena seguidamente a los sacerdotes y estudiantes de los colegios jesuitas desamparar París y las demás villas donde ejercen el magisterio en el término de tres días, y el reino entero en el de quince. La sentencia los tacha de corruptores de la juventud y enemigos del rey y del Estado. Es este el léxico del fallo allí reproducido, inserto en una compilación de combate político; atestigua una orden de extrañamiento, mas no constituye por sí sola prueba de que Guéret o la orden entera hubiesen tenido parte en el atentado.
La misma relación prevé que Chastel sea sometido a tormento ordinario y extraordinario antes del suplicio, con el fin de inquirir cómplices y otros extremos. El texto no certifica que dicho tormento se llevase efectivamente a ejecución. Concluye más bien con la fórmula según la cual la sentencia fue leída y ejecutada el jueves 29 de diciembre de 1594. Dos jornadas median así, en la narración, entre la estocada en el Louvre y el cadalso. La brevedad de esta secuencia infunde vigor a los autos, al tiempo que torna más imperiosa la cautela ante los límites de nuestra fuente: carecemos aquí de los registros manuscritos originales.
El cuchillo apenas había causado una lesión superficial; la sentencia, en cambio, se abatió sobre una carne, sobre los bienes requisados al reo y sobre una congregación desterrada del reino. Entre los dientes que atajaron la hoja y los folios que endosaron a Chastel sus designios, el testimonio no brinda una verdad abstracta: transmite un proceso labrado por una monarquía recelosa y un Parlamento en liza contra la Liga. Su valor estriba en esta doble huella. Se contempla en ella el atentado tal como fue relatado, y el modo en que un tajo en el rostro sirvió de materia para escarmentar a un hombre y fulminar a una institución entera.
